Repartidores de aplicación tendrán aguinaldo, IMSS y vacaciones en México

Repartidores de aplicación tendrán aguinaldo

Así como lo leíste, los repartidores de aplicación tendrán aguinaldo, IMSS y vacaciones en México a partir del 1 de enero del 2026. Sigue leyendo, porque te cuento todo.

Nuestro país se prepara para un cambio significativo en el panorama laboral de las plataformas digitales. Resulta que a partir del 1 de julio de 2025, una reforma a la Ley Federal del Trabajo y del Seguro Social entrará en vigor, marcando un antes y un después para conductores y repartidores de empresas como Uber, DiDi y Rappi

Está buenísimo que esta nueva legislación reconozca formalmente la relación laboral entre las plataformas y sus trabajadores, otorgándoles derechos que antes no poseían, incluyendo el acceso a seguridad social, aguinaldo y vacaciones.

¿Qué implica esta reforma?

Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la reforma busca formalizar la situación de los trabajadores de plataformas digitales, que hasta ahora operaban bajo un esquema flexible pero sin las prestaciones de ley. 

A su vez, se establece que las empresas como Uber serán consideradas “patrones” y, por lo tanto, tendrán la obligación de cumplir con las prestaciones laborales básicas.

Aquí la clave de la reforma es la clasificación por nivel de ingreso, ya que aquellos trabajadores que generen ingresos iguales o superiores al salario mínimo mensual tendrán acceso completo al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo que incluye, atención médica, hospitalaria y farmacéutica, seguros por maternidad, invalidez, vida y riesgos de trabajo, acceso a guarderías y prestaciones sociales y cotización para créditos de Infonavit.

Además de la seguridad social, los trabajadores con ingresos iguales o superiores al salario mínimo también tendrán derecho a recibir aguinaldos, siendo este un pago anual equivalente a 15 días de salario por año trabajado, también tendrán derecho a vacaciones y prima vacacional, sumandole el reparto de utilidades (PTU) siempre y cuando el tiempo efectivamente laborado sea superior a 288 horas anuales.

La ley establece que las plataformas deberán registrar contratos por escrito y cubrir las cuotas correspondientes al IMSS e Infonavit. Por su parte, el trabajador aportará una parte de su ingreso. Para aquellos que no alcancen el salario mínimo mensual, la reforma contempla una protección contra accidentes de trabajo, sin necesidad de pagar cuotas.

Si bien esta reforma es celebrada como un avance, aún persisten dudas entre algunos trabajadores sobre cómo se implementarán los nuevos esquemas y su impacto en el régimen fiscal. 

Es crucial tener en mente que el objetivo central es equilibrar la innovación tecnológica con la justicia social, garantizando que el progreso digital no deje atrás a quienes lo hacen posible.

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